Resolución 2797-2025 del Consejo de Seguridad de la ONU en torno al Sahara Occidental
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Por Alejando Torres Rivera, San Juan, Puerto Rico, 6 de noviembre de 2025

El 31 de octubre de 2025 el Consejo de Seguridad de la Organización de Naciones Unidas adoptó la Resolución NĆŗmeroĀ 2797 en torno al Sahara Occidental. Contó con el voto de 11 paĆses, las abstenciones de la Federación de Rusia, la RepĆŗblica Popular China y la RepĆŗblica IslĆ”mica de PaquistĆ”n, mientras que Argelia se ausentó al momento de la votación.
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La Resolución extiende el mandato deĀ la misión militar de las Naciones Unidas en el territorio, denominada MINURSO hasta el 31 de octubre de 2026. Se indica que la Resolución representa un punto de inflexión por parte del organismo internacional en la bĆŗsqueda de una solución a la disputa territorial entre el Reino de Marruecos y el Frente Polisario, representativo de la RepĆŗblica Ćrabe Saharaui DemocrĆ”tica, la que reclama el reconocimiento del derecho del pueblo saharaui a su libre determinación e independencia. La propuesta de Resolución fue presentada por Estados Unidos.
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Contrario a lo que antes habĆa resuelto el Consejo de Seguridad, la mĆ”s reciente resolución indica que sienta una ābase seria, creĆble y realistaā para retomar negociaciones, colocando a Mauritania y Argelia como mediadores en el proceso. El Frente Polisario, por su parte, ha indicado su rechazo a participar de negociaciones que lo que harĆan es legitimar la ocupación marroquĆ del territorio, la construcción por Marruecos de un muro de 2,700 kilómetros y la presencia de mĆ”s de 150 mil militares en suelo saharaui.
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Ya el 17 de marzo de 2025 se sostuvo una reunión entre representantes del gobierno de Estados Unidos encabezados por su Secretario de Estado, Marco Rubio y el Ministro de Relaciones Exteriores de Marruecos, Naser Burita. En ella se discutió la petición de Ā Marruecos de que Estados Unidos colocara en su lista de paĆses que promueven el terrorismo al Frente Polisario. Se indica que la posición inmediata del funcionario estadounidense fue transmitir la directriz de Donald Trump a los efectos de que se dieran conversaciones dentro del marco de la oferta de autonomĆa de Marruecos para el territorio saharaui. La declaración de āorganización terroristaā para el Frente Polisario serĆa un elemento de presión en la bĆŗsqueda de una solución favorable a Marruecos de la disputa territorial en torno a lo que Ā en el pasado se llamó Sahara Occidental, pero que el pueblo saharaui reclama como RepĆŗblica Ćrabe Ā Saharaui DemocrĆ”tica.
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El resultado de esta Resolución del Consejo de Seguridad no puede ser analizada sino se define el contexto de lo ocurrido en dicho territorio.
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El dĆa 10 de mayo de 1973 fue fundado el Frente Popular para la Liberación de Saguia el Hamra y RĆo de Oro, tambiĆ©n conocido como el Frente Polisario. Representa dicha organización la lucha por la libre determinación en los territorios hoy ocupados por el Reino de Marruecos en la RepĆŗblica Ćrabe Saharaui DemocrĆ”tica (RASD).
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Este ex dominio espaƱol, en un momento denominado Sahara Occidental, fue conquistado originalmente por este paĆs europeo a Marruecos en 1860. Donde hoy enclava la RepĆŗblica Ćrabe Saharaui DemocrĆ”tica (RASD) pasó en 1920 a ser un protectorado de EspaƱa, quedando mĆ”s adelante integrado como una provincia espaƱola en 1957. La RASD cuenta hoy con un territorio que abarca 266 mil kilómetros cuadrados, casi 30 veces el tamaƱo de Puerto Rico y una población estimada en poco mĆ”s de medio millón de habitantes.Ā
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La RASD ha sido reconocida como representante de la población saharaui por 86 Estados en el mundo, asà como desde el 16 de octubre de 1975, por la Organización por la Unidad Africana (OUA).
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Existe un dictamen de la Corte Internacional de Justicia con sede en La Haya de fecha 16 de octubre de 1975 indicando que no ha encontrado āvĆnculos jurĆdicos de tal naturaleza que puedan afectar la aplicación de la Resolución 1514 (XV) de la Asamblea Generalā, aprobada en 1960, āa la descolonización de SĆ”hara Occidental y, en particular, al principio de autodeterminación a travĆ©s de la libre y genuina expresión de la voluntad de los pueblos del territorio.ā
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En 1967 la Organización de las Naciones Unidas le planteó al Estado español la independencia del territorio entonces disputado por el Reino de Marruecos, Mauritania y Argelia. A partir de 1973, con la fundación del Frente Polisario, se produce una innovadora guerra de liberación, adaptando los principios de la guerra de guerrillas a condiciones en el desierto.
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En 1975 se firmaron los llamados āAcuerdos de Madridā, en virtud del cual EspaƱa, sin contar para nada con la voluntad de la población saharaui, cedió el territorio y sus habitantes a Marruecos y Mauritania, algo similar a lo que hizo con sus territorios de ultramar en 1898, incluyendo a Filipinas, Guam y Puerto Rico, luego de los acuerdos del Tratado de ParĆs que puso fin a la Guerra Hispano-cubana-americana. Ambos paĆses, Mauritania y Marruecos, enfrentaron al Frente Polisario que, con el apoyo de Argelia, proclamó la independencia del territorio el 26 de febrero de 1976, fundando asĆ la RepĆŗblica Ćrabe Saharaui DemocrĆ”tica y promulgando una Constitución.
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La guerra desarrollada por el Frente Polisario contra Mauritania llevó eventualmente a que dicho paĆs renunciara sus pretensiones sobre el territorio saharaui que ocupaba. En el caso del Reino de Marruecos, con el apoyo de Estados Unidos, decidió anexarse ilegalmente el territorio y llevar a cabo el traslado de población marroquĆ hacia el territorio saharaui. Su propósito era evidente. Ante una eventual consulta de autodeterminación supervisada por parte de las Naciones Unidas a la población del territorio, tal como lo determinó una decisión de la Corte Internacional de Justicia, serĆa la población marroquĆ participante de la consulta, la que Ā con sus votos decidiera por la opción de integrarse a Marruecos en lugar del reclamo de libre determinación de la población saharaui, la que reclama constituirse en un Estado independiente y soberano. Ā Para lograr su propósito, en 1975 se llevó a cabo la āMarcha Verdeā mediante cientos de miles de marroquĆes se trasladaron a suelo saharaui.
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A pesar de que una parte de la población saharaui la constituyen tribus que aĆŗn al presente son nómadas y viven en tiendas en zonas desĆ©rticas, otra gran parte de la población vive en campamentos para refugiados localizados en el territorio ocupado por Marruecos. Actualmente el Reino de Marruecos se refiere a los territorios ocupados como sus āProvincias Meridionalesā.
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En el aƱo 1991 una porción del territorio saharaui pasó a quedar bajo administración de las Naciones Unidas en lo que hoy se denomina como āSĆ”hara Liberadoā.
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En 1997, Kofi Annan, entonces Secretario General de las Naciones Unidas, nombró a James Baker III, ex Secretario de Estado de Estados Unidos, como mediador en el conflicto. Mediante los āAcuerdos de Houstonā promovidos por Baker III, se alcanzó un compromiso fijando una hoja de ruta con un calendario de eventos que culminarĆa en una consulta el 8 de diciembre de 1998 para que la población del territorio ejerciera, bajo supervisión internacional, su derecho a la libre determinación. Desde esta fecha al presente, Marruecos ha descarrilado todos los esfuerzos para que la consulta se lleve a cabo.
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En el aƱo 2000, Marruecos propuso la sustitución del Plan Baker por la creación de un estado autónomo bajo la soberanĆa marroquĆ. En el plan de Marruecos, los saharauis renunciarĆan a la consulta bajo la supervisión internacional de la ONU. De esta propuesta surgió una nueva modalidad del Plan Baker, titulada āAcuerdo Marco del Estatuto del Saharaā. En ella se propuso la creación de un Consejo Ejecutivo, con una amplia definición en torno a sus competencias y un Consejo Legislativo, el cual serĆa designado por los habitantes de los territorios que en ellos residieran hasta el aƱo 2000; es decir, la consulta incluirĆa la participación de los āno nacionalesā residentes en el territorio saharaui. Bajo esta propuesta, al cabo de cuatro aƱos, este cuerpo polĆtico discutirĆa con Marruecos un estatus polĆtico final que excluirĆa la independencia como opción polĆtica. La propuesta, como era de suponer, fue rechazada por el Frente Polisario.
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En el aƱo 2002, Argelia propuso a las Naciones Unidas la administración directa del territorio. No obstante, Kofi Annan, en su condición de Secretario General de la ONU, propuso cuatro opciones: (a) continuar con el āPlan de Arregloā, incluyendo el referĆ©ndum de libre determinación; (b) continuar con el llamado āAcuerdo Marcoā, aunque con ligeras modificaciones; (c) comenzar negociaciones para la partición del territorio; o (d) la entrega a la Misión de Naciones Unidas para el referĆ©ndum en el Sahara Occidental.
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En el aƱo 2003 surgió otra variante del Plan Baker. En ella se propuso un estatuto de autonomĆa por espacio de cuatro aƱos; luego del cual, entre 2007 y 2008, se llevarĆa a cabo una consulta en la cual los saharauis decidieran su futuro polĆtico. El Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas asumió como suya la propuesta, procediendo a prorrogar el mandato de la Misión de la ONU en el territorio. Desde entonces, sin embargo, no ha habido cambios fundamentales en la situación. Marruecos continĆŗa llevando a cabo acciones para asegurar su control futuro del territorio.
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El territorio saharaui, si bien en su superficie es un terreno totalmente desĆ©rtico, posee en su subsuelo yacimientos petroleros que al dĆa de hoy estĆ”n siendo explotados por Marruecos en su beneficio. Su mayor riqueza, sin embargo, son las abundantes minas de fosfato.
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Luego de mÔs de 30 años en espera para la realización de la consulta mandatada por la Corte Internacional de Justicia sin que se haya efectuado, la tolerancia de la población saharaui se agota.
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Durante los dĆas 19 y 20 de diciembre de 2019, bajo el lema Lucha, Perseverancia y Sacrificio por la Ćntegra SoberanĆa del Estado Saharaui, se llevó a cabo el XV Congreso del Frente Polisario en Tifariti, capital provisional de la RepĆŗblica Ćrabe Saharaui DemocrĆ”tica. Este XV Congreso, fue el primero que se efectuó luego de que Brahim Ghali asumiera la dirección del Frente Polisario tras la muerte del lĆder histórico, Mohamed Abdelaziz. Antiguo dirigente militar, a Ghali se considera parte de la ārama duraā delĀ Frente.
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En su discurso en el XV Congreso, Ghali fue enfƔtico al seƱalar:
āEl Frente Polisario no puede continuar tratando de la misma manera con los esfuerzos de las Naciones Unidas, a menos que el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas asuma su responsabilidad y compromiso de implementar todas las disposiciones descritas en el Plan de Arreglo ratificado por las dos partes en 1991.ā
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El 13 de noviembre de 2020, el presidente Brahim Ghali declaró roto el alto al fuego decretado entre su paĆs y el Reino de Marruecos desde el 1991. En su declaración el presidente saharaui indicó que ālas fuerzas armadas saharauis asumĆan el pleno control de la seguridad nacionalā por lo que ādecreta un estado de guerra.ā La ruptura del alto al fuego vino como consecuencia de la penetración del ejĆ©rcito marroquĆ en la parte sur de la RASD, cercana a Mauritania, en lo que se conoce como āzona de amortiguamiento de Guergueratā. AllĆ Marruecos habĆa levantado barreras de arena ante el bloqueo levantado por militantes saharauis el 21 de octubre entorpeciendo el flujo comercial.
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En un MemorƔndum de agosto de 2021 del Frente Polisario se seƱala lo siguiente:
āā¦la inacción y la complacencia demostradas por las Naciones Unidas y su fracaso para impedir que Marruecos sabotee el proceso de paz acaban de envalentonar al Estado ocupante para que persista, con total impunidad, en sus polĆticas anexionistas e intentos de imponer un hecho consumado por la fuerza en los territorios ocupados de la RepĆŗblica Saharaui. Las graves violaciones de los derechos humanos perpetradas por las fuerzas de seguridad marroquĆes, el saqueo masivo de recursos saharauis y los intentos de Marruecos de involucrar a terceros en los territorios ocupados son solo algunos ejemplos.
Como resultado de la actitud obstruccionista y desafiante de Marruecos el proceso de paz de las Naciones Unidas en el Sahara Occidental estĆ” siendo testigo de acontecimientos extremadamente peligrosos tras la violación por parte de Marruecos del alto al fuego de 1991 y su ataque militar contra el territorio de la RepĆŗblica Saharaui el 13 de noviembre de 2020. Ante el acto de agresión en curso de Marruecos, junto con la lamentable inacción de las Naciones Unidas, al pueblo saharaui no le ha quedado otra opción que ejercer su derecho legĆtimo a la legĆtima defensa para defender su soberanĆa e independencia.ā
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A pesar de que las Naciones Unidas no ha cumplido su obligación de actuar en conformidad con la Resolución 1514 (XV) de la ONU y lo resuelto por la Corte Internacional de Justicia, la Organización por la Unión Africana, de la cual forman parte tanto el Reino de Marruecos como la RepĆŗblica Ćrabe Saharaui DemocrĆ”tica, sĆ se ha expresado preocupada por la violación del alto al fuego de 1991 y la reanudación de la guerra, solicitando la intervención de su Consejo de Paz y Seguridad (CPS). Dicho organismo adoptó el 9 de marzo de 2021 una resolución solicitando a las partes en el conflicto el cese inmediato de hostilidades asĆ como del inicio de conversaciones directas y francas, ello en conformidad con el ArtĆculo 4 de la Carta Constitutiva de la Organización por la Unión Africana.
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La RepĆŗblica Ćrabe Saharaui DemocrĆ”tica ha manifestado su disposición a buscar una solución pacĆfica y duradera al conflicto a partir del respeto a las fronteras existentes para el logro de la independencia, la soberanĆa y el Ā respeto a la integridad territorial de los Estados miembros de la OUA.
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La lucha del pueblo saharaui no podemos verla desvinculada de la lucha del pueblo palestino y de otros pueblos en Europa que, como aquà en Puerto Rico, reclamamos el fin de la sujeción colonial y reclamamos la intervención de la comunidad internacional y el respeto a la libre determinación e independencia de nuestros pueblos.
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El periódico The Washington PostĀ publicó hace unos meses un reportaje indicando la presencia de saharauis en Siria y su alegada conexión con la RepĆŗblica IslĆ”mica de IrĆ”n, entrenados por dicho paĆs en Argelia, afirmaciones rechazadas por el Frente Polisario. Joseph Wilson, miembro del ComitĆ© de Relaciones Exteriores de la CĆ”mara de Representantes de Estados Unidos expresó su intención de presentar legislación para clasificar al Frente Polisario de organización terrorista.
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El Memorando al que hemos hecho referencia, nos recuerda que la lógica del expansionismo y el uso de la fuerza por parte del Reino de Marruecos no tiene cabida en el caso del Sahara Occidental. Advierte Ā el mismo con toda razón, que el orden internacional vigente consagra āel derecho de los pueblos a la libre determinación y a la independencia y prohĆben la adquisición de territorios por la fuerza.ā De lo anterior, indica el MemorĆ”ndum, se deduce que āla Ćŗnica opción es defender los preceptos de la legalidad internacional, y dar al pueblo saharaui la oportunidad de ejercer libre y democrĆ”ticamente su derecho inalienable e innegociable a la libre determinación e independencia.ā
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El 10 de mayo de 2023, en ocasión del cincuentenario de la fundación del Frente Polisario, la SecretarĆa Ejecutiva del Foro de Sao Paulo se pronunció haciendo un llamado a ātodos los paĆsesĀ que aĆŗn no lo han hecho, a reconocer la RepĆŗblica SaharauiĀ (RASD), en respaldo a sus legĆtimos derechos y soberanĆa sobre su tierra.ā
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De acuerdo con la Plataforma No Te Olvides del Sahara Occidental en pronunciamiento del 1 de noviembre: (a) el mandato de MINURSO no ha cambiado, sigue en pie organizar la consulta donde los saharauis decidan su futuro;Ā (b) la reciente Resolución toma nota del Plan de AutonomĆa, pero no la declara como solución final ni lo impone; (c) el Frente Polisario no ha sido deslegitimado como representante del pueblo saharaui; (d) la RepĆŗblica Popular China y la Federación de Rusia expresaron diferencias con el texto de la Resolución sometida por Estados Unidos; (e) Marruecos ha ganado tiempo pero no legitimidad.
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Coincidimos con lo seƱalado por el Frente Polisario a los siguientes efectos:
āSólo la paz basada en la plena adhesión a los principios del derecho internacional y en la libertad y la igualdad de derechos de las naciones pequeƱas Ā y grandes puede ser viable y duradera.ā




